jueves, 7 de mayo de 2015

El Tribunal Supremo da otro golpe a la reforma laboral

El Alto Tribunal ha vuelto a asestar un duro golpe a la reforma laboral de 2012 al haber puesto de manifiesto en su fallo que los convenios con cláusulas expresas de prórroga automática hasta que se firme uno nuevo siguen vigentes aunque la negociación exceda del plazo de un año que fija la reforma.

La sentencia llega tres meses después de otra en igual dirección, que aseguraba la pervivencia de las condiciones contenidas en los convenios colectivos, aunque estos expiraran, entiendo el Tribunal Supremo que éstas también formaban parte de los contratos laborales individuales.

El fallo del pasado marzo ratificó la sentencia en el mismo sentido de la Audiencia Nacional en el conflicto que mantenían la aerolínea Air Nostrum y el sindicato de pilotos, SEPLA, acerca de la vigencia del convenio suscrito en 2006. Según recoge el texto judicial, la cláusula que asegura la supervivencia del citado convenio hasta que haya otro es válida aunque se firmara antes de 2012.

Según la sentencia, [donde la ley no distingue, no hay que distinguir]. Esto se debe a que en la reforma laboral no se aclara nada sobre la validez de este tipo de cláusulas ya existentes, dando cabida a que sindicatos y empresarios negocien cláusulas que aseguren prórrogas más largas del citado año. Además, no distingue entre las que ya existían y las que se firmaran a partir de entonces.

En este sentido, la sentencia reconoce la superioridad de lo que sindicatos y empresarios pactan en los convenios sobre la regulación legal ajena a dicha voluntad, para lo cual el Tribunal recurre al convenio 98 de la OIT suscrito por España, así como al artículo 6 de la Carta Social Europea.

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