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lunes, 19 de octubre de 2015
Comunicar certificado de despido laboral

Comunicar certificado de despido laboral

Comunicar certificado de despido laboral
Las empresas que cuentan con acceso a Internet tienen la posibilidad de comunicar, a través de esta vía, al Servicio Público de Empleo Estatal , los certificados de despidos laborales.

La finalidad es conseguir la agilización y automatización del sistema. De esta forma, no es necesario entregar la documentación al trabajador en papel, evitándole así que tenga que desplazarse a la oficina de empleo.

El sistema que pone a disposición de todas las empresas el Servicio Público de Empleo Estatal funciona durante las 24 horas del día los 365 días del año, por lo que en cualquier momento se pueden enviar estos certificados de despido.

Por otra parte, las empresas emplean un formulario Web para la introducción de los datos que conforman el certificado de cese, que consigue eliminar trabas y dificultades para el empresario o asesor, ya que se básicamente se trata de rellenar la información que solicitan como si del impreso en papel se tratara.

Respecto a los datos aportados, quedarán grabados de manera inmediata en bases de datos una vez que la documentación haya sido rellenada de manera correcta.

El certificado de empresa de cese de relación laboral resulta de gran trascendencia a la hora de solicitar las prestaciones por desempleo. Si necesita recibir asesoramiento sobre este procedimiento, no dude en consultarnos. Puede encontrar a nuestros abogados en el céntrico despacho que tenemos en Zaragoza.
viernes, 24 de julio de 2015
El Expediente de Regulación de Empleo

El Expediente de Regulación de Empleo

El expediente de regulación de empleo es un procedimiento por el que se solicita una autorización para despedir a los trabajadores, suspenderlos o reducir su jornada laboral.

¿Quién inicia este procedimiento? Habitualmente, la solicitud la hace el empresario. Pero no puede hacerla siempre que quiera, ya que deberá probar que su empresa, o bien a perdido su personalidad jurídica, o bien necesite hacer un despido colectivo que afecte, como mínimo, al 10% de sus trabajadores.

Antes de solicitar el ERE, se establece el diálogo y las consultas entre los empresarios y los trabajadores. En estas reuniones, se valorarán las causas económicas, técnicas u organizativas que justifiquen el ERE. Una vez acordadas, el expediente de regulación, que presentará una memoria  explicativa de las causas anteriores, será enviado a la Autoridad laboral.

Una vez enviado, la Autoridad decidirá si lo estima o lo desestima. Independientemente de la decisión del Juez, tanto el empresario como los trabajadores podrán recurrir la resolución cuando no estén conformes con ella.

Una vez resuelto, si el ERE ha sido admitido, los trabajadores que sean despedidos tendrán derecho a reclamar la indemnización que hayan pactado con el empresario, que además no podrá ser inferior al mínimo que se exige legalmente (lo equivalente a veinte días de salario por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades).
sábado, 31 de enero de 2015
Las vacaciones de los trabajadores

Las vacaciones de los trabajadores

Las vacaciones de los trabajadores
El número de días de vacaciones anuales serán aquel que se haya pactado en contrato individual o en el convenio colectivo aplicado al trabajador. En todo caso, la ley mantiene que las vacaciones remuneradas no podrán tener una duración inferior a 30 días naturales por año trabajado.

Salvo pacto en contrario en los que es posible que se alargue el periodo, los días de vacaciones hay que disfrutarlos en el año al que corresponden ya que, en otro caso el trabajador pierde el derecho a disfrutarlas.

El Estatuto de los Trabajadores establece que la determinación del periodo de vacaciones se determinará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador o de acuerdo a como lo establezcan los convenios colectivos en sus normas sobre planificación anual de las vacaciones. Si las partes no se ponen de acuerdo acerca del periodo de disfrute de las vacaciones, será necesario recurrir a la jurisdicción correspondiente que, en un procedimiento sumario y preferente, tomará una decisión acerca del asunto la cual será irrecurrible.

No es posible compensar una reducción del periodo mínimo legal de vacaciones a través de una compensación económica salvo que el contrato se extinga antes de que se hayan podido disfrutar.
jueves, 12 de junio de 2014
Accidente de trabajo

Accidente de trabajo

Accidente de trabajo
El concepto legal de accidente de trabajo se define en el artículo 115.1 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social por el que se establece como toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.

Hay tres elementos fundamentales en esta definición: existencia de una lesión corporal. El término lesión debe entenderse en sentido amplio pues se incluyen en el mismo algunas enfermedades que verdaderamente no suponen lesiones corporales como tal, condición de trabajador por cuenta ajena del sujeto accidentado y relación de causalidad entre trabajo y lesión. El nexo causal es necesario que exista para que la lesión reciba la calificación de accidente de trabajo.

El apartado dos de este artículo incluye los supuestos expresamente incluidos como tales pero además el legislador en el apartado tres recoge una presunción de existencia de accidente de trabajo para las lesiones que sufra el empleado durante el tiempo y el lugar de trabajo. Esta presunción, salvo prueba en contrario, posibilita la expansión del concepto de accidente de trabajo y que puede incluir supuestos en los que una enfermedad que se padecía anteriormente se manifiesta en el trabajo.
domingo, 20 de abril de 2014
Reglas aplicables a los supuestos de concurso de normas

Reglas aplicables a los supuestos de concurso de normas

· Imperatividad de la norma mínima:

Cada norma laboral opera como condicionante mínimo respecto a las anteriores, es decir, que es posible que la norma de rango inferior otorgue más beneficios para el trabajador que una superior cuyo contenido mínimo eso sí deberá respetar.

· Principio de norma más favorable:

Este principio altera el juego de la jerarquía. Lo que establece es que entre dos o más normas laborales vigentes se aplica la que conceda mayores ventajas o más derechos, la más favorable en conjunto con independencia de su rango.

· Principio de especialidad:

La norma especial se considera de aplicación antes que la general.
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