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lunes, 5 de mayo de 2014
CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS DE LA PROPIA ACTIVIDAD DEL EMPRESARIO CONTRATANTE. DERECHO DE INFORMACIÓN.

CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS DE LA PROPIA ACTIVIDAD DEL EMPRESARIO CONTRATANTE. DERECHO DE INFORMACIÓN.

En el caso de la realización de contratos de obras y servicios, además de los informes relativos  a la prevención de riesgos laborales, los contratistas deben informar a los representantes de los trabajadores de las contratas realizadas, así como de las siguientes cuestiones:

- Nombre, razón social y domicilio de la empresa contratista.
- Objeto, duración y lugar de ejecución de la contrata.
- Número de trabajadores que serán ocupados por la contrata en el centro de trabajo de la empresa principal.

Además el Art.81 ET favorece el uso de otras herramientas de información en el caso de que se comparta centro de trabajo de forma continuada.

jueves, 1 de mayo de 2014
TRABAJO EN COMÚN Y DE TRABAJO ASOCIADO

TRABAJO EN COMÚN Y DE TRABAJO ASOCIADO

El trabajo en común es una forma de organizar el trabajo regulado en el Art.10.1 ET y en ella el empresario asigna un determinada tarea un grupo de trabajadores individualmente considerados ya contratados por su empresa para que la realicen en común, conservando los derechos y deberes respecto a cada uno de los trabajadores.

Por otro lado, la figura del trabajo asociado hace referencia al auxiliar que necesita un trabajador ya integrante en la empresa.

 La persona específica debe ser solicitada por el propio trabajador y contratada por la empresa y su relación se extinguirá cuando acabe la ayuda prestar.
martes, 29 de abril de 2014
DIFERENCIA ENTRE EL CONCEPTO DE EMPRESA Y DE CENTRO DE TRABAJO

DIFERENCIA ENTRE EL CONCEPTO DE EMPRESA Y DE CENTRO DE TRABAJO

En Derecho del trabajo, el término empresa puede ser equivalente además al centro de trabajo o a la unidad productiva autónoma.

La empresa sería la unidad organizada y organizadora de unos medios materiales y humanos dirigidos por el empresario para obtener bienes o servicios.

El centro de trabajo, sin embargo, es el lugar dentro de la empresa dotado de organización específica dentro de la organización global de la empresa. Es decir, el centro pertenece a una única empresa pero está situado en una distinta ubicación.

La unidad productiva autónoma son las distintas secciones dentro de la empresa con autonomía organizativa y productiva.
lunes, 21 de abril de 2014
Capacidad en el ámbito laboral

Capacidad en el ámbito laboral

Para poder celebrar un contrato de trabajo, el empresario tiene que tener las capacidades recogidas en las leyes civiles y mercantiles.

Respecto al trabajador, el art. 7 del Estatuto de los Trabajadores determina que éste ha de tener capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el C.C. Esto supone que pueden celebrar un contrato de trabajo: los mayores de 18 años, los menores emancipados por matrimonio, los comprendidos entre edades de 16 a 18 años que vivan de forma independiente, con consentimiento de sus padres o tutores o con autorización de la persona o institución que les tenga a su cargo.
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