• ABOGADOS EN DERECHO LABORAL

  • ABOGADOS EXPERTOS A SU SERVICIO. DESPACHO EN ZARAGOZA

  • PUEDE REALIZAR SUS CONSULTAS ON-LINE, RESPONDEMOS SIEMPRE

Últimos artículos

Rss

Mostrando entradas con la etiqueta Despacho en Zaragoza. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Despacho en Zaragoza. Mostrar todas las entradas
martes, 5 de diciembre de 2017
¿QUÉ ES UNA PAPELETA DE CONCILIACIÓN? ABOGADO LABORALISTA ZARAGOZA

¿QUÉ ES UNA PAPELETA DE CONCILIACIÓN? ABOGADO LABORALISTA ZARAGOZA

¿QUÉ ES UNA PAPELETA DE CONCILIACIÓN? ABOGADO LABORALISTA ZARAGOZA
Cuando una persona es despedida el primer paso que debe dar es presentar una Papeleta de Conciliación. Se trata de una forma de resolver el conflicto de manera extrajudicial, es decir, sin tener que llegar a los Tribunales.
La presentación de esta Papeleta se hace en el Servicio de Mediación autonómico que nos corresponda.

Una vez presentada la Papeleta tendrá lugar el proceso de conciliación para intentar llegar a un acuerdo con la empresa. Aunque en este punto no es obligatorio llevar abogado, sí que es lo más recomendable. Lo motivos son varios:
En primer lugar, como es lógico, el trabajador no tiene por qué conocer toda la normativa laboral. El proceso de despido en sí mismo tampoco es fácil de dominar.
En segundo lugar este tipo de situaciones suelen generar mucho estrés para el trabajador, por lo que no es el momento adecuado de prescindir de asistencia legal.
Además, si no se llega a ningún acuerdo y hay que acudir a los Tribunales, el abogado podrá redactar fácilmente la demanda porque ya tendrá todos los datos del caso y habrá seguido el proceso previo.

Por estos motivos se recomienda que en los despidos se cuente desde el primer momento con el asesoramiento de un abogado laboralista.

Existen algunos supuestos en los que no estamos obligados a realizar este proceso de conciliación, pudiendo presentar la demanda directamente. Son los casos que afecten a estas materias: vacaciones, movilidad geográfica, l modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, suspensiones del contrato, reducciones de jornada por causas objetivas, conciliación de la vida familiar y laboral, defensa de los derechos fundamentales. Así se establece en la Ley 36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social.

¿Necesita más información o quiere hacernos alguna consulta? En ese caso sólo tiene que ponerse en contacto con nuestro Despacho en Zaragoza y nosotros nos encargaremos del resto.
jueves, 14 de julio de 2016
Pactos de no concurrencia y permanencia en la empresa

Pactos de no concurrencia y permanencia en la empresa

A la hora de firmar un contrato de trabajo, es posible introducir en él pactos de no concurrencia o cláusulas de permanencia en la empresa. Debe saber que este tipo de pactos son plenamente legales, pero existen ciertos límites que tanto empleador como empleado deben conocer y, por supuesto, respetar. Si quiere saber cómo proteger sus intereses, sea la parte que sea del contrato, le recomendamos que se ponga en contacto cuanto antes con nuestros abogados expertos en derecho laboral.

Desde aquí, podemos contarle que cuando existe un pacto por plena dedicación, el trabajador recibe una compensación económica o unos derechos a cambio de no realizar otros trabajos para otra empresa. Si desea poner fin al acuerdo, debe comunicarlo con una antelación mínima de treinta días. Con esta cláusula, el empresario se protege ante la competencia desleal. Por tanto, tenga en cuenta que siempre que quiera introducir esta cláusula, deberá existir una contraprestación económica a cambio. Así, se protege al empleado si desea abandonar su puesto de trabajo, y la empresa ha decidido no permitírselo.

Si se produce la extinción del contrato y existe un pacto de no competencia, supone que durante un plazo concreto y apalabrado por ambas partes, no se podrán realizar funciones similares que puedan poner el peligro el secreto de la empresa anterior. Este plazo puede ser de hasta dos años para los trabajadores técnicos, y seis meses para los demás profesionales. No obstante, el pacto sólo será válido cuando se cumplan unos requisitos: el empresario deberá demostrar que tiene un interés industrial o comercial, y satisfacer económicamente al trabajador de manera adecuada.

Si quiere saber más sobre sus derechos laborales, desea revisar su contrato para comprobar que está dentro del marco legal, no dude en visitar nuestro despacho de abogados en Zaragoza, estaremos encantados de poder ayudarle y asesorarle.
miércoles, 9 de diciembre de 2015
Me han despedido ¿qué hago?

Me han despedido ¿qué hago?

Me han despedido ¿qué hago?
Cuando un trabajador es despedido, ¿qué es lo primero que debe hacer? Acudir a la legislación para comprobar que su despido se ha hecho de manera correcta, basado en un incumplimiento grave y culpable suyo.

Si bien es cierto, que el vocabulario empleado en las leyes puede resultar complejo y enrevesado, por lo que desde nuestro despacho en Zaragoza nos ofrecemos a asesorarle en todo lo necesario.

Dicho esto, se consideran por ejemplo razones para el despido las faltas repetidas e injustificadas tanto de asistencia como de puntualidad, la indisciplina, el acoso a los compañeros, la transgresión de la buena fe contractual, o la disminución continuada y voluntaria en el rendimiento.

Si el trabajador considera que el despido ha sido improcedente, tendrá que acudir a los Tribunales para que dicten una sentencia que obligue al empresario a optar entre la readmisión del trabajador o el abono de la indemnización legalmente prevista.

En tal caso, si el empresario opta por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación, que son aquellos que ha dejado de percibir desde que se le despidió hasta que la sentencia obligó a su reincorporación, o incorporación a un nuevo empleo. Si por el contrario, opta por la indemnización, ésta supondrá la extinción de la relación laboral, que contará desde la fecha del cese efectivo en el trabajo.
sábado, 26 de septiembre de 2015
Pactos de no concurrencia y permanencia en la empresa

Pactos de no concurrencia y permanencia en la empresa

¿Su contrato de trabajo incluye pactos de no concurrencia o de permanencia en la empresa? ¿Tiene dudas acerca de sus consecuencias? No dude en consultar con nuestros abogados, podemos revisar su contrato para explicar todas las cláusulas y detectar irregularidades.

Este tipo de pactos son plenamente legales. Sólo deben respetar unos límites. Un empresario puede introducir estas cláusulas en los contratos de sus trabajadores con el fin de proteger los intereses de la empresa.

Por los pactos por plena dedicación, el trabajador recibe una compensación económica o unos derechos a cambio de no realizar otros trabajos para otra empresa. Si desea poner fin al acuerdo, deberá comunicarlo con una antelación mínima de treinta días. Con esta cláusula el empresario se protege ante la competencia desleal.

Si se produce la extinción del contrato y existe un pacto de no competencia, no se podrán realizar funciones similares que puedan poner el peligro el secreto de la empresa anterior. El plazo es de hasta dos años para los trabajadores técnicos, y seis meses para los demás profesionales. El pacto sólo será válido cuando el empresario demuestre que tiene un interés industrial o comercial, y satisfaga económicamente al trabajador de manera adecuada.

Si desea saber más o revisar su contrato, no dude en consultarnos, estamos a su completa disposición en Zaragoza.
AVISO LEGAL · LSSI · POLÍTICA DE COOKIES · POLÍTICA DE PRIVACIDAD



Este sitio emplea cookies como ayuda para prestar servicios. Al utilizar este sitio, estás aceptando el uso de cookies. OK Más información