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domingo, 11 de mayo de 2014
MOVILIDAD FUNCIONAL PARCIAL

MOVILIDAD FUNCIONAL PARCIAL

La movilidad funcional es el cambio de funciones habitualmente prestadas por el trabajador.

 Se puede dar por la voluntad unilateral del empresario y una de los tipos no previsto legalmente de manera expresa es la movilidad funcional parcial.

Por esto se entiende el supuesto del trabajador que se moviliza para desempeñar funciones correspondientes o no a otro grupo o categoría profesional no equivalente, sin dejar de desempeñar las propias para las que se le contrató.

En cuanto a su retribución básica, cuestión más problemática, se le pagará en proporción al tiempo trabajado en cada una de las funciones que realiza.
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