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miércoles, 27 de septiembre de 2017
TIEMPO DE TRABAJO Y NORMATIVA EUROPEA

TIEMPO DE TRABAJO Y NORMATIVA EUROPEA

TIEMPO DE TRABAJO Y NORMATIVA EUROPEA
El Estatuto de los Trabajadores no es la única ley que recoge normas sobre el ámbito laboral. La Unión Europea también se ha preocupado por tratar este tema, dentro de sus competencias. Nos estamos refiriendo en concreto a la Directiva 2003/88/CE, conocida normalmente como Directiva de trabajo. Las Directivas son unas normas europeas cuyo contenido es obligatorio, es decir, que todos los países miembros de la UE deben obedecerlas. La UE se preocupa constantemente por mejorar las condiciones laborales de sus habitantes.

Los puntos básicos de esta norma con respecto al tiempo de trabajo son los siguientes:
  • Debe haber un período mínimo de descanso diario de once horas consecutivas por cada período de veinticuatro horas;
  • También deberá exitir una pausa de descanso cuando el trabajo diario supere las seis horas;
  • Debe haber un período de descanso ininterrumpido de veinticuatro horas por cada período de siete días. A esto se le añadirán las once horas de descanso diario;
  • Se tiene derecho a como mínimo cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas;
  • La duración media del trabajo semanal se fija en un máximo de cuarenta y ocho horas, incluidas las horas extraordinarias, por cada período de siete días.
  • El trabajo nocturno normal no debe superar las ocho horas como media en cada período de veinticuatro horas.
  • Los trabajadores nocturnos tendrás derecho a que se les realice una evaluación gratuita de su salud a intervalos regulares.
Hay que tener en cuenta que las Directivas tienen carácter de mínimos, es decir, que los países pueden mejorar este contenido si lo desean. Así ha ocurrido con el Estatuto de los Trabajadores, que mejora estas condiciones mínimas.

Si necesita más información sobre Derecho laboral, le recordamos que puede contactar con nuestro Despacho en Zaragoza. Nuestros abogados laboralistas cuentan con gran experiencia en todo tipo de casos relacionados con el tema.

jueves, 14 de julio de 2016
Pactos de no concurrencia y permanencia en la empresa

Pactos de no concurrencia y permanencia en la empresa

A la hora de firmar un contrato de trabajo, es posible introducir en él pactos de no concurrencia o cláusulas de permanencia en la empresa. Debe saber que este tipo de pactos son plenamente legales, pero existen ciertos límites que tanto empleador como empleado deben conocer y, por supuesto, respetar. Si quiere saber cómo proteger sus intereses, sea la parte que sea del contrato, le recomendamos que se ponga en contacto cuanto antes con nuestros abogados expertos en derecho laboral.

Desde aquí, podemos contarle que cuando existe un pacto por plena dedicación, el trabajador recibe una compensación económica o unos derechos a cambio de no realizar otros trabajos para otra empresa. Si desea poner fin al acuerdo, debe comunicarlo con una antelación mínima de treinta días. Con esta cláusula, el empresario se protege ante la competencia desleal. Por tanto, tenga en cuenta que siempre que quiera introducir esta cláusula, deberá existir una contraprestación económica a cambio. Así, se protege al empleado si desea abandonar su puesto de trabajo, y la empresa ha decidido no permitírselo.

Si se produce la extinción del contrato y existe un pacto de no competencia, supone que durante un plazo concreto y apalabrado por ambas partes, no se podrán realizar funciones similares que puedan poner el peligro el secreto de la empresa anterior. Este plazo puede ser de hasta dos años para los trabajadores técnicos, y seis meses para los demás profesionales. No obstante, el pacto sólo será válido cuando se cumplan unos requisitos: el empresario deberá demostrar que tiene un interés industrial o comercial, y satisfacer económicamente al trabajador de manera adecuada.

Si quiere saber más sobre sus derechos laborales, desea revisar su contrato para comprobar que está dentro del marco legal, no dude en visitar nuestro despacho de abogados en Zaragoza, estaremos encantados de poder ayudarle y asesorarle.
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