lunes, 6 de julio de 2015

Horas extraordinarias en la jornada laboral

¿Qué son las horas extraordinarias?
Aquellas horas de trabajo que se realizan sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. 

¿Cómo se computan a efectos de salario?
Las empresas pueden fijar en su convenio colectivo, o en el contrato individual con cada trabajador, dos formas de computarlas: abonando las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria; o bien compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido

¿Hay un máximo de horas extraordinarias?
La ley establece el máximo en ochenta horas al año, como norma general. A estos efectos, las horas que se dediquen fuera de la jornada laboral fijada en el contrato, con motivo de realizar reparaciones o prevenir siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, no se contarán como horas extraordinarias si se sobrepasa el máximo. No obstante, si al finalizar el año no se ha llegado al máximo de ochenta horas, podrán entonces computarse como horas extraordinarias.

¿Puede obligarse a un trabajador a prestar horas extraordinarias?
La norma general es no, pero a la hora de firmar el contrato con la empresa, habrá que comprobar que no se está firmando lo contrario, ni en el contrato individual, ni en el convenio colectivo de la empresa, que sí pueden obligar a ello, por lo que si se firma, se queda obligado al cumplimiento.

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