miércoles, 7 de mayo de 2014

RESPONSABILIDAD DERIVADA DE CESIÓN ILEGAL A EFECTOS LABORALES

El cedente y el cesionario responden solidariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social.

Además, conforme al Art. 43.4 ET, los trabajadores afectados por la cesión ilegal tendrán derecho a su elección a adquirir la condición de indefinidos en la empresa cedente o en la cesionaria.

El trabajador afectado pasará a tener los derechos y obligaciones que correspondan a los trabajadores de la misma categoría en la empresa elegida y la antigüedad se le computará desde que empezó la cesión ilegal.

Además, cedente y cesionario serán responsables administrativamente conforme al Art.8.2 de la LISOS. Posibilidad de responsabilidad penal.

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