martes, 11 de noviembre de 2014

Adhesión y extensión de convenios

Adhesión y extensión de convenios
El ámbito de aplicación de un convenio colectivo puede ampliarse a trabajadores y empresarios no incluidos en la unidad de negociación correspondiente, bien mediante la adhesión voluntaria a tal convenio de partes distintas de la que lo celebraron, bien mediante un acto administrativo de extensión del pacto a un ámbito que excede del suyo propio.

El acto de adhesión a un convenio preexistente es una modalidad peculiar de negociación colectiva. Las partes legitimadas para convenir pueden asumir como propio el convenio concertado por partes ajenas pero para ello será necesario que la adhesión se formule de común acuerdo y sobre la totalidad de un convenio en vigor, sin que quepan adhesiones parciales.

El acto administrativo de extensión del convenio colectivo tiene como finalidad llenar un vacío normativo como es la ausencia de convenio en un determinado ámbito mediante la aplicación de las normas de un convenio existente. El convenio extendido debe ser de ámbito superior a la empresa y ha de aplicarse a través de la extensión a un conjunto de empresas o a un sector o subsector productivo.

La extensión es objeto de la decisión por parte del Ministerio de Trabajo o autoridad laboral competente en la Comunidad Autónoma.

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