El Fondo de Garantía Salarial
El Fondo de Garantía Salarial es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social que cuenta con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines cuya función consiste en el abono a los trabajadores del importe de los salarios pendientes de pago a causa de la insolvencia o concurso del empresario.En este sentido, se considera como salario la cantidad por todos los conceptos que recoge el Estatuto de los Trabajadores que se reconoce en el acto de conciliación o en la resolución judicial correspondiente. Además, a ello se añaden los salarios de tramitación cuando se establezca por disposición legal.
El importe máximo que abonará el Fondo de Garantía Salarial, comúnmente conocido como FOGASA, por estos conceptos es el resultante de multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por el número de días de salario pendiente de pago, y con un máximo de ciento veinte días.
Además, este organismo podrá abonar las indemnizaciones que se reconozcan en una sentencia , acto de conciliación o resolución administrativa a causa de despido o extinción de contratos conforme a los artículos 50, 51 y 52 del Estatuto.
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